¿Cuándo solicitar pensión alimenticia?

Desde que una mujer está embarazada puede solicitar una pensión alimenticia. El artículo 148 señala que tienen derecho a una pensión que cubra las necesidades desde la concepción.

En caso de que el padre o madre obligado a pagar la pensión alimenticia esté ausente, o tenga algún impedimento o falta de recurso, la autoridad competente ordenará que la prestación de alimentos sea pagada o completada por uno o más de los obligados subsidiarios, en atención a su capacidad económica y siempre y cuando no se encuentren discapacitados, en su orden:

1. Los abuelos/as;

2. Los hermanos/as que hayan cumplido 21 años y no estén comprendidos en los casos

de los numerales dos y tres del artículo anterior; y,

3. Los tíos/as.

Así lo establece el artículo 4 de la Ley Ley Reformatoria al Título V, Libro Segundo del Código de la Niñez y Adolescencia (R.O.S. No. 643 de 28 de julio de 2009).

El abogado Julio Cueva, detalla que de acuerdo al artículo 119 del Código de la Niñez y Adolescencia el juez puede alterar las resoluciones sobre la tenencia del menor, siempre que se pruebe que ello conviene al adecuado goce y ejercicio de los derechos del hijo o hija de familia en cuyo caso el padre que se le conceda la tenencia de los menores se encargará de su cuidado sin perjuicio de poder demandar al otro progenitor por los alimentos.

Por ejemplo, el especialista Cueva recalca que en casos de maltrato infantil el padre puede presentar un incidente de modificación de tenencia y obligatoriamente el juez deberá escuchar a los niños para emitir su decisión sobre la modificación de la tenencia (art. 291 del CNA).

El especialista Cueva añade que se puede pedir rebaja de la pensión alimenticia cuando ya habiendo una sentencia emitida por un juez con el monto de la pensión alimenticia, la persona ha sufrido cambios en sus ingresos o sus gastos y desea pedir la rebaja del monto que paga por concepto de pensiones alimenticias. Un ejemplo de esto puede ser que tiene otros hijos o fue despedido de su trabajo o sufrió una rebaja de su sueldo, para ello deberá solicitar la rebaja con el formulario único que facilita el Consejo de la Judicatura y se ingresa la demanda se procederá a citar a la parte contraria, si esta está en desacuerdo en el proceso podrá presentar sus razones.

¿Cómo se puede calcular una pensión alimenticia según la tabla de pensiones?

La tabla está compuesta por niveles, y se consideran los ingresos del alimentante, el número de hijos y si los hijos tienen discapacidad y el grado de la misma.

En el nivel uno, por ejemplo, consta para quienes tienen ingreso desde 1SBU ($400) hasta 1.25 SBU, que vendrían a ser $500, este ingreso se considera el sueldo quitando el descuento del IESS.

Ejemplo de operación:

Si el demandado gana $450 está dentro del nivel 1. Tiene un solo hijo de 2 años y tiene discapacidad del 40%, según la tabla el cálculo seria:

$450 x 28,12% = $126,54

$400 (sobre el sueldo básico) x 4,56% = 18,24

$126,54 + $18,24 = 144,78 (valor a pagar).

Para asesoría legal el teléfono del abogado Julio César Cueva es 0999610279.