DECRETO EJECUTIVO SOBRE PORTE Y TENENCIA DE ARMAS NO CONTEMPLA ARMAMENTO DE LARGO ALCANCE

En México entre 2015 y 2017 fueron asesinados 38.477 personas por esta causa de arma de fuego

La delincuencia organizada porta fusiles y ametralladoras para perpetrar sus delitos contra camaroneros por vías fluviales o terrestres; sin embargo, los custodios del sector apenas pueden emplear pistolas, revólveres y escopetas; lo que los deja en una evidente desventaja de inseguridad y riesgo latente. Esta información fue recabada por La Cámara Nacional de Acuacultura luego de liderar varias mesas de trabajo con sus agremiados.

Por ello, la CNA cuestiona que el Decreto Ejecutivo 707 expedido el 1 de abril pasado, por el Presidente de la República, Guillermo Lasso, en el que reformó el Reglamento a la Ley sobre Armas, Municiones y Explosivos y el Reglamento a la Ley de Vigilancia y Seguridad Privada, no incluyera la autorización de porte y tenencia de armas de largo alcance -calibre 223-, sólo para los guardias de las empresas que prestan el servicio de vigilancia y seguridad privada, con el fin que puedan neutralizar o repeler una acción delincuencial con armamento del mismo calibre, por lo menos, en la modalidad de servicio de seguridad móvil.

Otro tema pendiente, que quedó por fuera del Decreto, fue disponer a las autoridades correspondientes que, de manera inmediata, den todas las facilidades para la importación de armas, sus repuestos y municiones por parte, por lo menos, de las empresas que prestan servicios de vigilancia y seguridad privada, debido a que la empresa estatal encargada no cuenta, actualmente, con el stock suficiente para ofertarlas a personas naturales y jurídicas.

Desde 2012, la CNA ha interpuesto oficios dirigidos a autoridades del Ministerio de Defensa, del Interior y del Coordinador de Seguridad, para insistir en la importancia de simplificar los requisitos y trámites para la obtención de permisos con el propósito de facilitar el acceso a los miembros del sector. .

“Siempre hemos estado en favor de un porte de armas regulado. Cuando hablamos del sector camaronero, estamos hablando de operaciones en zonas rurales donde no existe presencia de la fuerza pública”. indicó José Antonio Camposano, Presidente Ejecutivo de la Cámara Nacional de Acuacultura.

El sector camaronero cuenta con la autorización para el porte y tenencia de armas, tras la emisión de la resolución 2018 – 122 del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en el que se legalizó para “personas naturales de nacionalidad ecuatoriana (ganaderos y camaroneros), con lo cual los beneficiarios obtendrán seguridad en su jurisdicción”. Pese a ello, las cifras de inseguridad del sector camaronero siguen aumentando.

Durante el primer trimestre de 2023, se han registrado 28 eventos delictivos contra el sector camaronero, según estadísticas de la Dirección de Seguridad de la Cámara Nacional de Acuacultura, en el que se detalla: 13 eventos a nivel fluvial y 15 a nivel terrestre, en las provincias de Guayas y El Oro, dejando un número de 22 personas heridas. El perjuicio asciende el medio millón de dólares. Además, el sector invierte anualmente alrededor de 70 millones de dólares en instalar equipos, cámaras de video vigilancia, guardianía privada en turnos rotativos y sistemas de comunicación, entre otros; para hacerle frente a la delincuencia, sin mayores resultados.

Combatir la inseguridad, es prioridad nacional y el sector camaronero reitera su compromiso de sumar esfuerzos contra el crimen organizado, que está mermando la paz de los ecuatorianos.